- La Vieja Guardia

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Dictan auto de vinculación a proceso por el delito de homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena

Fecha: 29 may 2020

En audiencia celebrada hoy en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Kenny Martins Burgos Salazar dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho tipificado en la ley como delito de homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena todos cometidos por culpa.

El Juez de control expuso que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.

Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal, fueron:

“Que el día 21 de mayo del presente año, aproximadamente a las 13:55 horas, la ahora imputada transitaba como conductora del vehículo de la marca Chrysler tipo Attitude color gris, siendo que lo hacía de sur a norte sobre el arroyo de la calle 64 c de la colonia Castilla Cámara de esta ciudad de Mérida, es el caso que al llegar a la intersección con la calle 115 se detuvo para respetar el señalamiento grafico restrictivo de tránsito alto disco y al salir del mismo sin la diligencia y precaución necesaria para continuar su tránsito invadió la arteria de preferencia ocasionando que fuera colisionado en la parte lateral delantera izquierda de su vehículo por la parte frontal de una motocicleta de la marca Suzuki de color azul en la cual se encontraban el conductor y una acompañante. Dicha motocicleta, por el impacto del vehículo, giró en sentido de las manecillas del reloj, volcó sobre el pavimento y se proyectó 10.80 metros produciéndose daños materiales en los citados vehículos, así como diversas lesiones en el conductor y la pasajera mismas que por su gravedad causaron la muerte de esta última por traumatismo craneoencefálico, tal como lo dictaminó un perito en materia de medicina forense adscrito a la Fiscalía en su respectivo dictamen de necropsia.”

En la misma audiencia el Juez accedió al plazo de tres meses solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación complementaria. Cabe señalar que la persona vinculada a proceso continuará con las diversas medidas cautelares impuestas anteriormente en la audiencia inicial, y estas se mantendrán por todo el tiempo que dure el proceso. 

Autoridad judicial no accedió a la modificación de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a un imputado

Por otra parte, el Juez de control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral del Poder Judicial del Estado, Luis Edwin Mugarte Guerrero, resolvió no acceder a la modificación de la medida cautelar impuesta a un imputado por los delitos de ataques peligrosos, daño en propiedad ajena contra servidor público, usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de uniforme, insignia, distintivo o condecoración, por considerar que no cambiaron objetivamente las condiciones que justificaron la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva.

Como resultado de esta resolución el imputado, que solicitó esta audiencia de revisión y modificación de medida cautelar, seguirá su proceso penal bajo la medida cautelar de prisión preventiva.

En una audiencia realizada el día de hoy en la sala 2 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez de control explicó a las partes en el proceso que su resolución tuvo como base que “no cambiaron objetivamente las condiciones que justificaron la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada impuesta con anterioridad”.

El artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que cuando de manera objetiva hayan variado las condiciones que justificaron la imposición de una medida cautelar, las partes podrán solicitar al órgano jurisdiccional la revocación, sustitución o modificación de las mismas, para lo cual éste citará a todos los intervinientes a una audiencia con el fin de abrir debate sobre la subsistencia de las condiciones o circunstancias que se tomaron en cuenta para imponer la medida y la necesidad, en su caso, de mantenerla y resolver en consecuencia.

Cabe recordar que los hechos imputados por la Fiscalía Estatal en este caso fueron los siguientes:

“Que en la madrugada del 4 de febrero del presente año agentes de la Secretaría de Seguridad Pública estaban en su sector de vigilancia en el poniente de la ciudad, a bordo de una unidad, cuando vieron transitar a velocidad inmoderada en calles de la colonia Francisco I. Madero a una camioneta Torrent, color negro a la que dieron alcance porque cometió una infracción al reglamento de tránsito.

Los agentes conminaron al conductor a detener su marcha y cuando uno de los agentes levantaba la infracción, uno de los ahora imputados se bajó de la camioneta y le apuntó con un arma, al percatarse de ello el segundo agente empujó a su compañero y evitó que el proyectil hiciera blanco en el cuerpo del policía, ya que la bala se alojó en una de las llantas de la patrulla.

Los agentes solicitaron refuerzos y tras una persecución, la camioneta fue interceptada y sus ocupantes detenidos por los uniformados. Al momento de la detención se les aseguraron implementos similares a los de la policía, como lo son insignias, uniformes y gorras, así como también armas.”

Las otras cuatro personas detenidas por estos hechos se encuentran sujetas a proceso.